sábado, 9 de julio de 2011

QUIENES RECIBIRAN GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS

No todos los trabajadores recibirán su gratificación de julio, con excepción de los que provienen del sector privado y de algunas instituciones públicas (en las que interviene el Estado).

Los empleados del sector civil (del régimen 276), recibirán a medio año y en diciembre, un aguinaldo que equivale a un adicional de S/. 100 o S/. 200. El monto dependerá de la cifra que se consigne por Decreto Supremo.

Situación que no sucede con los trabajadores de las microempresas; pero sí con los de las pequeñas empresas (conformadas por alrededor de 100 empleados). En el caso de ellos, pese a que no recibirán un aguinaldo, sí obtendrán media gratificación en los dos meses que se asigna dicho beneficio.

Las trabajadores del hogar también deberán gozar con media gratificación en los meses de julio y diciembre.

En el caso de los trabajadores de construcción civil, éstos recibirán un equivalente a 40 jornales.

En en las próximas gratificaciones de julio y diciembre los trabajadores de los sectores privado, público, y ahora también los pensionistas y jubilados, recibirán 22% más en sus gratificaciones gracias a la ley que reduce los costos laborales a las gratificaciones hasta el 2014.

El pago de gratificaciones por Fiestas Patrias se inició desde el 1º de julio y el 15 de ese mismo mes vence el plazo para que las empresas hagan el depósito.

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